tag:blogger.com,1999:blog-8526401654840938135.post5691259810355295725..comments2024-03-11T11:57:28.910+01:00Comments on Desde mi terraza: POR SER VOS QUIEN SOISAntoniohttp://www.blogger.com/profile/06794170412562148415noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-8526401654840938135.post-20292716755760425222017-02-18T17:48:21.363+01:002017-02-18T17:48:21.363+01:00Con respecto al caso Noos, mi querido amigo, empez...Con respecto al caso Noos, mi querido amigo, empezaré diciendo que me alegrará que al final del trayecto judicial, de haber recurso –que lo habrá–, se castigue a los delincuentes con las penas que merezcan (ni una menos, pero también ni una más), que cumplan sus condenas como todo hijo de vecino y que, finalmente, consigan la reinserción que inspira nuestro ordenamiento jurídico. <br />Empezar a poner en duda la posible actuación del Supremo, sin siquiera conocer si habrá recurso o no, me parece que es poner, gratuitamente, en tela de juicio su imparcialidad. ¿Por qué hemos de sospechar? ¿Qué razón hay para no conceder al juzgador el menor grado de honestidad? ¿Serán los jueces los únicos profesionales que actúan sin rigor y a su capricho? Y, si fuera así, ¿de qué tribunales habríamos de fiarnos, de los que imponen penas mayores o de los que son menos rigurosos? Adentrarse en un bosque de sospechas jamás nos dará la tranquilidad. <br />Si quieres llámame ingenuo, pero creo firmemente, aunque no fuera cierto, que los jueces actúan siempre en conciencia, a pesar de que a veces puedan equivocarse; pero para eso están los recursos: para corregir los posibles desvíos derivados de la incorrecta aplicación de las leyes o para atajar las posibles tentaciones de imparcialidad. Por mí, vayan a la cárcel todos los condenados y cumplan en ella las penas que en justicia merezcan.<br />En lo que concierne a la infanta, poco me importa que sea imbécil mental, florero o analfabeta –allá su marido que es quien tiene que aguantarla–, pero conviene saber que, si no ha sido condenada penalmente, debe de ser porque no ha tenido participación en la perpetración del delito. De que no estuviera al corriente de los manejos de su marido tengo pocas dudas; pero el conocimiento, en ella, no implica encubrimiento. Para proteger el núcleo familiar –bien lo sabes tú– la ley exime al cónyuge de declarar contra su cónyuge; a los padres de hacerlo contra sus hijos y a estos contra sus padres; a un hermano contra otro hermano…; por tanto, si no ha participado en el delito y tampoco tiene obligación de denunciarlo, no procede una condena penal y sí la restitución de la cantidad procedente del delito de la que se ha lucrado. <br />Para terminar, estoy contigo en la necesidad de cortar de raíz todo tipo de amaños e influencias y en concienciar a la sociedad, tan proclive al halago al poderoso, de que nadie está por encima de nadie y que todos estamos sujetos a la misma ley. <br /><br />Antonio Merino <br />Anonymousnoreply@blogger.com